RecursosRRA 74/24 vs Instituto Mexicano del Seguro Social

febrero 21, 2024

RRA 74/24 vs Instituto Mexicano del Seguro Social sobre beneficiarios del programa Jóvenes Construyendo el Futuro que tuvieron cobertura de seguridad social.

 

Solicitud: 

 

A través de la Plataforma Nacional de Transparencia, un particular requirió al Instituto Mexicano del Seguro Social el listado de los jóvenes inscritos y beneficiarios del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro de los años 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 a la fecha de la solicitud (21 de noviembre de 2023), fecha de inicio y fecha de término de la cobertura de seguridad social.

 

Respuesta: 

 

En respuesta, el sujeto obligado clasificó la información como confidencial ubicándola en el supuesto de datos personales y “secreto fiscal”. 

 

Recurso de revisión: 

 

La persona recurrente se inconformó ante el INAI por la clasificación de la información.

 

Alegatos: 

 

El sujeto obligado ratificó la clasificación de la información.

 

Análisis del caso: 

 

A partir del análisis de la abogada Alexis Arregoytia Gutierrez, la ponencia a mi cargo determinó que el agravio es FUNDADO, pues no resultó procedente la clasificación invocada por el IMSS; en primer lugar, porque se trata de personas que son beneficiarias de un programa que deriva del ejercicio de recursos públicos, por lo que se trata de información de naturaleza pública como parte de las obligaciones de transparencia.

 

En segundo lugar, porque es información generada por el propio Instituto Mexicano del Seguro Social como parte de la aplicación de un programa que ofrece como prestación el seguro médico, en caso de que las personas sean beneficiarias de ese programa, fungiendo como patrón, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, por lo que no constituye un secreto fiscal.

 

Recordemos lo que dice la ley al respecto: de acuerdo con el artículo 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es información confidencial: los secretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal, bursátil y postal, cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o a sujetos obligados cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos. Es claro que en este caso no aplica.

 

Propuesta de resolución:

 

Por todo lo anterior, propongo a este Pleno REVOCAR la respuesta del Instituto Mexicano del Seguro Social e instruirle a efecto de que entregue a la persona solicitante el padrón de beneficiarios solicitado,  incluyendo las fechas de inicio y término de la cobertura.

 

Mensaje:

 

Este recurso que hoy expongo se relaciona con uno de los programas sociales más emblemáticos de la actual administración del gobierno federal: “Jóvenes Construyendo el Futuro”, el cual opera en las 32 entidades de la República Mexicana desde 2019, cuyo objetivo es que jóvenes de entre 18 y 29 años, de todos los niveles educativos puedan capacitarse laboralmente en algún centro de trabajo de su elección hasta por 12 meses; al inicio cada joven recibía 3 mil 600 pesos y para 2024 recibirán 7 mil 572 pesos mensualmente, lo que representa un incremento de 110 % de 2019 a la fecha.

 

Cuando hablamos de la juventud, muchas veces se dice que son el futuro de México, pero no es así, son el presente. De acuerdo con el último censo de población del INEGI, en nuestro país hay 20 millones 415 mil 096 jóvenes de 20 a 29 años, y 21 millones 750 mil 230 en el rango de 10 a 19 años.

 

De acuerdo con el Instituto Mexicano de la Competitividad, “hay más de 9 millones de jóvenes que trabajan o buscan un empleo. La mayoría (48.8%) de los jóvenes que tienen un empleo laboran entre 35 y 48 horas a la semana y 44.9% de ellos tiene una remuneración máxima de $5 mil 186 pesos mensuales”.

 

Además, señala el IMCO, las y los jóvenes que desean y buscan pertenecer al mercado laboral se enfrentan a un panorama más complicado que el trabajador promedio. Son el grupo poblacional con la tasa de desocupación más alta, de 6.4%, casi el doble que la tasa de desocupación nacional (3.5%).

 

Ante este escenario, los esfuerzos por crear políticas públicas que ayuden a las y los jóvenes a integrarse y mantenerse en el mercado laboral son fundamentales y nadie debe oponerse a ellas; sin embargo, estos programas sociales, como cualquier otro, deben apegarse a la transparencia y rendición de cuentas para mostrar que cumplen con sus objetivos, como este programa que se encuentra en el paquete de reformas presentadas por el titular del Ejecutivo Federal el 5 de febrero, para elevarlo a rango Constitucional. 

 

En el informe que el IMSS entregó al Poder Ejecutivo y al Congreso de la Unión referente a la situación financiera y de riesgos del periodo 2022 – 2023 señala que, la cobertura del programa social ya mencionado con corte a diciembre de 2022 tenía 153 mil 934 personas registradas ante el IMSS, lo cual representó un gasto de 629 millones de pesos para atención médica de los mismos, de esta cifra la Secretaría del Trabajo y Previsión Social aportó 260 millones de pesos para financiar el gasto médico de los beneficiarios.

 

Si bien este programa lo administra la Secretaría del Bienestar, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social es quien tiene asignado el presupuesto de aportaciones por seguridad social, que para 2024 es de 23 mil 406 millones 813 mil 084 pesos, de acuerdo con información del Presupuesto de Egresos de la Federación.

 

Asimismo, de acuerdo con información de la Auditoría Superior de la Federación en su segunda entrega de la cuenta pública 2022 (noviembre 2023), se detectaron anomalías por 5.1 millones de pesos en la operación del programa social al señalar que estaban inscritos al menos, 242 servidores públicos (Auditoría de cumplimiento 2022-0-14100-19-0359-2023).

 

De acuerdo con investigaciones periodísticas, la forma en que la ASF corroboró esta anomalía fue realizando una compulsa, que no es otra cosa que comparar el padrón de beneficiarios de este programa con datos del ISSSTE de servidores públicos dados de alta en dependencias públicas. Ante ello, se muestra la relevancia de que una de las obligaciones marcadas en la ley son los padrones de beneficiarios públicos.

 

Estas irregularidades se suman a las que se han presentado desde que se creó el programa en 2019, mismas que la ASF también ha acreditado por cuatros años consecutivos, con lo que sumarían anomalías por más de 175 millones de pesos.

 

Confío en que pase la “moda” de reservar información porque esto provoca que la confianza ciudadana en ellas disminuya notablemente, pues se pierde la oportunidad democrática por excelencia de exigirles cuentas de su actuar.

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