RRA 16106/24 vs Organismo Promotor de Inversiones en Telecomunicaciones

Solicitud:

A través de la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona realizó una solicitud de acceso a la información dirigida al Organismo Promotor de Inversiones en Telecomunicaciones, conocido como PROMTEL.

Para tener un mejor contexto sobre este sujeto obligado y la propia solicitud, les comparto que es un organismo descentralizado creado por decreto en marzo de 2016 con el objetivo de garantizar la instalación de la red pública compartida de telecomunicaciones para prestar servicios públicos en el ramo. Tiene autorización para realizar estas actividades por sí mismo, a través de terceros o en asociación público-privada.

Así pues, la persona pidió conocer información referente al pago del espectro radioeléctrico de Altán Redes durante el año 2024. Y, adicionalmente, solicitó los documentos que respalden los pagos mencionados.

Respuesta:

El sujeto obligado, PROMTEL, respondió no ser competente para atender la solicitud de información. Precisando que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sería la autoridad competente para atenderle.

Entre diversos puntos menciona que sus atribuciones no contemplan la de otorgar concesiones de frecuencia del espectro radioeléctrico, así como tampoco se encuentra facultado para conocer sobre los pagos realizados por los concesionarios al IFT, conocer los expedientes de estos o generar estadísticas al respecto.

Recurso de revisión:

Así, mediante un recurso de revisión, la persona hoy recurrente se inconformó en contra de la declaratoria de incompetencia. En apoyo a su recurso menciona que PROMTEL es titular de una banda del espectro radioeléctrico y tiene un convenio de arrendamiento con la empresa mexicana de telefonía Altán Redes a quien le debería cobrar por el uso y explotación anual de esta frecuencia. Por ende, desde su perspectiva, el sujeto obligado sí es competente.

Análisis del caso:

Del análisis realizado por mi Ponencia, en particular por la abogada Mariana Ojeda Montes de Oca, se advirtió que el agravio es FUNDADO.

En este caso, la información mencionada en la solicitud se encuentra inmersa en las atribuciones de PROMTEL sumado a los indicios localizados, que permiten deducir que lo solicitado pudiera encontrarse en sus archivos.

 

Propuesta de resolución:

Por lo anterior, se propone REVOCAR la respuesta brindada por PROMTEL ante la solicitud de acceso a la información, a efecto de que, en primer lugar, se asuma como sujeto competente para dar respuesta a la solicitud. Y, en segundo lugar, entregue a la persona recurrente una respuesta conforme a su derecho de acceso a la información.

Mensaje:

Los servicios de telefonía móvil y de internet hoy son una herramienta casi indispensable en cada familia para la educación, el trabajo y hasta para el esparcimiento. Recordemos que hace apenas una década 4 de cada 10 hogares contaban con conexión a internet, en 2023 esta cifra se elevó a poco más de 7 de cada 10 hogares según cifras del INEGI.[1] Aquí es donde radica la relevancia de este recurso que hoy presento ante el Pleno con el propósito de enfatizar el papel relevante del acceso a la información en beneficio de los usuarios de estos servicios. Junto con estrategias de otros organismos garantes dedicados a mejorar los servicios de telecomunicaciones y la competencia económica, tanto los costos de la telefonía e internet, así como la cobertura han mejorado sustancialmente en beneficio de la sociedad.

 

La persona que presentó esta queja pregunta por los pagos del espectro radioeléctrico de Altán Redes conocida por su slogan “La Red de Todos”.[2] Y es que esta empresa se ha mencionado de forma reciente en medios de comunicación debido a que el próximo 10 de febrero la Comisión Federal de Electricidad pasará a ser el segundo mayor accionista de Altán Redes con el 23% de participación. Otros accionistas son Banobras con 40%, Bancomext con el 11% y Nafin con el 9%. Por lo cual se considera que dicha empresa es del Estado mexicano como socio mayoritario.

 

Esto resalta en medio de una estrategia del Gobierno mexicano por cumplir con la promesa de “internet para todos”. En otras palabras, para poder tomar decisiones sobre la política de digitalización a cargo de la nueva Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, se requiere de una empresa que empuje el crecimiento de cobertura hasta las zonas rurales, y esa es la razón por la cual CFE pasó a ser el nuevo dueño de Altán.[3]

 

Para realizar este procedimiento de concentración de acciones, se requirió del conocimiento institucional de otro organismo autónomo: el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). Pues, así como sus acciones en el pasado en materia de regulación en el mercado de las telecomunicaciones permitieron un mayor número de hogares con internet y mejores tarifas en telefonía móvil, en este movimiento se debe de cuidar las afectaciones que genera la compra de Altán. Ya que al igual que otras empresas y como se menciona en el presente asunto, renta su infraestructura como torres, fibras, equipos, antena y el espectro a empresas como “Bait”, y deberá respetar zonas de cobertura de “Telcel” o “AT&T”.[4]

 

El INAI, en atención a sus facultades y la necesidad social de obtener información oficial a partir de una solicitud, debe brindar garantías para conocer lo que sucede en PROMTEL y Altán. Si bien, el tema de telecomunicaciones es un rubro muy técnico para la mayoría de las y los mexicanos, su relevancia es igual o mayor. Son servicios que utilizamos diariamente, y una variación en el mercado podría impactar directamente en los costos y calidad del servicio ofrecido.

 

El INAI sigue operando y ejemplos como este demuestran el valor de tener personal especializado. Desde este Pleno impulsamos la apertura de información para que las decisiones trascendentales como el espectro radioeléctrico, la cobertura 5G o las variaciones en el mercado de telecomunicaciones sea vigilado por la sociedad y abra la puerta a una eficiente rendición de cuentas.

 

[1] https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/ENDUTIH/ENDUTIH_23.pdf

[2] https://www.altanredes.com/

[3] https://www.eleconomista.com.mx/opinion/cfe-altan-redes-internet-todos-20250119-742661.html

[4] https://expansion.mx/tecnologia/2025/01/17/ift-impone-condiciones-cfe-altan-redes