RRA 15610/24 vs Secretaría de Bienestar

Solicitud:

A través de la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona requirió a la Secretaría de Bienestar información sobre los salarios de sus funcionarios, especificando el monto por sueldo, bonos, aguinaldos y demás prestaciones o remuneraciones adicionales que perciban.

La persona pidió estos datos del Secretario del Bienestar, Subsecretario, Delegados, Subdelegados, Subdelegados Regionales y de los llamados “servidores de la nación”.

Respuesta:

En respuesta, la Secretaría de Bienestar, a través de la Dirección General de Recursos Humanos y la Unidad de Administración y Finanzas, señaló que la información requerida se encuentra disponible en la Plataforma Nacional de Transparencia. Para ello, refirió el procedimiento de consulta de la información.

Recurso de revisión:

La persona, ahora recurrente, interpuso su queja ante el INAI manifestando como agravio la entrega de información incompleta.

Afirmó que realizó una consulta en la Plataforma Nacional de Transparencia como se le indicó; sin embargo, sólo encontró el sueldo bruto de los trabajadores de la Secretaría  y no advirtió información respecto a los bonos, aguinaldos y demás prestaciones.

Alegatos:

En alegatos, la Secretaría de Bienestar reiteró su respuesta inicial. Asimismo, compartió el enlace de la Nómina Transparente de la Administración Pública Federal de la Secretaría de la Función Pública, con los pasos para consultar la información requerida y descargarla.

Análisis del caso:

Del análisis realizado por mi Ponencia, en particular por Nimbe Ortíz, se advirtió que el agravio de la persona recurrente es FUNDADO:

  • Si bien la Secretaría de Bienestar brindó información respecto de los bonos y demás prestaciones de sus trabajadores, omitió proporcionar información respecto al aguinaldo pagado, siendo una prestación obligatoria de conformidad con el artículo 24 del Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

  • Por esta razón, no es posible validar las actuaciones de la Secretaría de Bienestar, pues se pronunció con un criterio restrictivo y no colmó todos los puntos requeridos en la solicitud de información.

Propuesta de resolución:

Por lo anterior, se propone MODIFICAR la respuesta emitida por la Secretaría de Bienestar e instruir a efecto de que proporcione la expresión documental que dé cuenta del aguinaldo percibido por sus trabajadores, dentro de los que no podrá omitir a las personas del área de la Secretaría, Subsecretaría, Delegaciones, Subdelegaciones, Subdelegaciones Regionales, y demás servidores públicos.

Mensaje:

Expongo públicamente este proyecto porque es claro que estamos atravesando una coyuntura política particular en materia de transparencia y rendición de cuentas en México.

 

Lo primero y más importante a decir ante este cambio de paradigma, es que un cambio institucional como el que estamos viviendo no debe significar, de ninguna manera, poner en riesgo los derechos de acceso a la información pública y a la protección de la privacidad. El Estado mexicano está obligado a defender y garantizar estos derechos que son base de las libertades sociales y de la democracia. Así lo establece nuestra Constitución e inclusive Tratados Internacionales de los cuales México forma parte.

 

Esta nueva fase, donde el gobierno —principalmente a partir de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno— será quien garantice el derecho a saber y no ya organismos autónomos como el INAI y sus 32 pares en las entidades federativas, puede aprovechar lo mucho que se ha construido desde por lo menos dos décadas.

 

Hablo, por ejemplo:

  • del personal especializado que tiene el INAI y los organismos locales para resolver recursos de revisión;
  • de las políticas públicas implementadas para impulsar la transparencia en todos los niveles de gobierno, en partidos políticos, sindicatos, universidades públicas y en general toda autoridad que recibe recursos públicos;
  • de las redes, la experiencia del Sistema Nacional de Transparencia y su coordinación con otras instancias como el INEGI, la Auditoría Superior de la Federación o el Archivo General de la Nación;
  • de las maneras para proteger los datos personales en posesión de particulares, así como las sanciones establecidas;
  • de las estrategias de difusión y promoción de los derechos, principalmente entre grupos en situación de vulnerabilidad;
  • de herramientas tecnológicas únicas en el mundo, como la Plataforma Nacional de Transparencia.

 

Estos puntos, por mencionar solo algunos en los cuales me he involucrado con mucho compromiso y responsabilidad, pueden y deben ser aprovechadas para beneficio de las y los mexicanos. Como Comisionada nacional, apelo a que en esta transición se privilegie la institucionalidad y la continuidad de factores cuyo impacto positivo en la sociedad está comprobado.

 

El recurso que presenté demuestra que hacer un “borrón y cuenta nueva” sería realmente un error. Gracias a la Plataforma Nacional de Transparencia, las autoridades (llamados “sujetos obligados”) deben cargar trimestralmente su información para que la ciudadanía pueda consultarla de manera gratuita, anónima y desde cualquier momento o en cualquier parte del mundo. No olvidemos que incluso al inicio de año es momento de la carga de obligaciones del último trimestre de 2024, por lo cuál deberemos estar atentos al cumplimiento de esta responsabilidad por parte de los sujetos obligados. Esta información incluye los ingresos de las y los funcionarios públicos.

 

Vale la pena recordar la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. En su artículo 70, fracción VIII, señala que la información sobre la remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación —señalando la periodicidad de dicha remuneración— deberá ser puesta a disposición del público en medios electrónicos, es decir, en la Plataforma.

 

Este caso es importante también por la cantidad de recursos que maneja la Secretaría de Bienestar. Para 2025, el recién aprobado Presupuesto de Egresos le otorga 579 mil 883 millones de pesos, un aumento de 35 mil 950 millones de pesos respecto al 2024 (que representa una variación real de 2.3%)[1].

 

Como es de conocimiento público, esta Secretaría administra los recursos de los Programas sociales (llamados “Programas para el Bienestar”). Cerca del 85% del total del presupuesto asignado a esta Secretaría es para cubrir la pensión a personas adultas mayores. Esta administración agregó tres programas más para el próximo año:

  • la Pensión Mujeres Bienestar (3 mil pesos bimestrales a mujeres de 63 y 64 años, posteriormente se extenderá a mujeres de 60, 61 y 62 años);
  • la Beca Universal para Educación Básica Rita Cetina (para estudiantes de secundarias públicas, con el objetivo posterior de alcanzar a alumnos de primaria y preescolar); y
  • Salud Casa por Casa (para contratar a profesionales de la salud que realizarán consultas a domicilio a adultos mayores y personas con discapacidad)[2].

 

Bienestar es la Secretaría federal que más recursos recibe, por ello, es clave que los transparente con máximo rigor, esto incluye la administración de sus recursos humanos[3].

 

Que este recurso que presento en el Pleno del INAI sea un ejemplo de cómo debemos mantener y proteger a la Plataforma Nacional de Transparencia. De igual manera, hago un llamado para que, en la nueva etapa que viviremos, las y los mexicanos seamos contralores sociales para que México continúe en el camino hacia la transparencia y la rendición de cuentas.

 

 

 

 

[1] https://www.cefp.gob.mx/publicaciones/nota/2024/notacefp1172024.pdf

[2] https://programasparaelbienestar.gob.mx/presupuesto-2025-garantiza-los-programas-para-el-bienestar-presidenta-sheinbaum/

[3] https://elpais.com/mexico/2024-11-16/las-claves-del-primer-presupuesto-de-sheinbaum-mas-dinero-para-vivienda-trenes-y-programas-sociales-recortes-en-sedena-y-salud-y-confusion-con-educacion.html