Solicitud:
A través de la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona requirió a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) la siguiente información:
- El listado de médicos certificados para realizar cirugías estéticas en México (del 2019 al 2024), desglosado por:
- Nombre completo del médico;
- Instituciones que emitieron la certificación:
- Año de certificación y vigencia de la misma.
- El listado de instituciones médicas (públicas y privadas) avaladas para la realización de cirugías estéticas durante los últimos cinco años, desglosado a nivel nacional y en tres entidades federativas específicas (Nuevo León, Ciudad de México y Jalisco).
- La normativa vigente entre 2019 y 2024 está relacionada con la certificación de médicos y la autorización de instituciones médicas para realizar procedimientos estéticos, así como los criterios y requisitos establecidos para dichas certificaciones.
Cabe agregar que la persona solicitó la información en formato digital.
Respuesta:
No hubo respuesta por parte de COFEPRIS.
Recurso de revisión:
La persona, ahora recurrente, interpuso su queja ante el INAI manifestando como agravio la falta de respuesta. Señaló que se venció el límite de plazo de la entrega de información y no recibió ninguna respuesta.
Alegatos:
En alegatos, COFEPRIS hizo del conocimiento de este Instituto la localización de la información requerida en 36 hojas, mismas que puso a disposición en copia simple previo pago del costo de reproducción.
Análisis del caso:
Del análisis realizado por mi Ponencia, en particular por el abogado Jaime López, se advirtió que el agravio de la persona recurrente es FUNDADO.
- COFEPRIS no emitió respuesta alguna en el plazo establecido por la ley a la solicitud de información.
- Como lo mencioné, en alegatos COFEPRIS hizo del conocimiento de este Instituto que localizó la información de interés y que la ponía a disposición de la persona recurrente en copia simple (previo pago de los costos de reproducción). Sin embargo, no existen documentales que demuestren que la persona recurrente conoce esta información. Además, la modalidad para la entrega de la información elegida por el solicitante fue mediante medios electrónicos a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, cuestión que fue omitida por COFEPRIS sin justificación alguna.
Propuesta de resolución:
Por lo anterior, se propone ORDENAR a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) a entregar la información localizada en el formato requerido.
Mensaje:
Expongo públicamente este proyecto porque considero que revela con claridad la importancia del derecho de acceso a la información en el ejercicio de otros derechos, como la salud.
Conocer el listado de los médicos y las instituciones certificadas para realizar cirugías estéticas en el país —y la normativa bajo la cual rigen sus prácticas– es información que, no exagero, puede representar la diferencia no solo entre un procedimiento quirúrgico correcto y conforme a lo esperado por los pacientes, sino también entre la vida y la muerte de las personas.
De acuerdo con la Asociación Mexicana de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva (AMCPER), nuestro país es el tercer lugar a nivel mundial en realizar cirugías estéticas, solo detrás de Estados Unidos y Brasil; sin embargo, especialistas calculan que por cada profesional con certificación en cirugía plástica, estética y reconstructiva en México, existen otras 20 personas que ejercen la misma actividad sin haber cursado la especialidad.
La cirugía estética es una industria que ha crecido con fuerza en los últimos años, principalmente por ciertas tendencias en redes sociales que capturan a públicos cada vez más jóvenes. Lamentablemente, este incremento económico ha atraído a personas sin la formación necesaria. Entre 2002 y 2017, la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) recibió 654 quejas por cirugías mal practicadas; dos de ellas fueron por muertes[1].
Existen casos trágicos: mamoplastias, liposucciones en abdomen, rinomodelaciones de la punta de la nariz, entre otros procedimientos, realizados de forma negligente o sin los cuidados necesarios, desembocan en efectos secundarios, reacciones adversas o incluso situaciones graves como trombosis o en fallas orgánicas[2].
Es común que estadounidenses crucen la frontera con México para realizarse procedimientos quirúrgicos. En Tijuana, en 2022, en un mismo mes fallecieron tres personas a causa de cirugías estéticas realizadas por no profesionales. En 2019, cuatro personas fallecieron en Matamoros por la misma situación[3]. En 2017, datos indicaban que dos de cada 10 pacientes operados en México venían del extranjero, tendencia que ha venido a la alza en los últimos años.
Para remarcarlo: un cirujano estético necesita haber cursado la carrera de medicina, luego hacer una residencia o especialidad en cirugía general, y posteriormente acreditar una especialidad en cirugía plástica. Este proceso completo es mínimo de entre 8 y 10 años, sin agregar la experiencia profesional necesaria que deben tener. Acreditar una Maestría en Cirugía Estética o en Cirugía Estética y Longevidad no faculta a nadie para llevar a cabo estos procedimientos.
En los últimos cinco años, solo en la Ciudad de México han sido suspendidos 58 establecimientos que ofrecían “mejoras estéticas”. El personal que laboraba en estas clínicas no pudo acreditar estudios que demostraran estar capacitados para realizar procedimientos médicos. Tampoco había las condiciones de higiene necesarias e incluso se reutilizaban equipos o insumos médicos.
En 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a partir del caso de una mujer trans afectada por una cirugía estética cuya demanda llegó hasta el Máximo Tribunal del país, determinó que en cirugías estéticas “el rango de información a comunicar al paciente debe expandirse y adecuarse”. Es decir, debe existir información completa y comprensible sobre los procedimientos y las expectativas[4].
Precisamente hace unas semanas posicioné un recurso muy similar en este Pleno contra la misma COFEPRIS. En aquel asunto, instruimos a dicha autoridad a transparentar el número total de médicos con recetarios electrónicos para otorgar estupefacientes. Como lo mencioné, resaltando el caso de una supuesta “psiquiatra” que daba medicamentos controlados sin tener cédula médica, el acceso a la información es una herramienta para que la sociedad pueda exigirle cuentas a las autoridades, en este caso a COFEPRIS como reguladora en la materia, para que su actuar dé certeza y seguridad a la población.
Ya en abril de este año, la COFEPRIS lanzó una alta directiva para establecimientos que practican procedimientos quirúrgicos con fines estéticos para enumerar las condiciones que deben cumplirse (documentación legal, infraestructura, equipamiento, personal, insumos médicos, entre otras) para evitar cualquier riesgo.
Queda claro que el acceso a la información y la transparencia posibilita que las personas tomen mejores decisiones que impactarán en la calidad de su vida. Ese es el sentido de nuestro trabajo en el INAI y en los organismos locales de transparencia en el país.
RÉPLICA AL VOTO DEL COMISIONADO ALCALÁ
En respeto a la pluralidad de las posturas que se exponen en el Pleno de este Instituto, sostengo los términos del proyecto que se presenta, atento a que el sentido de la resolución debe ser “Ordena”. Lo anterior, en tanto que, el sujeto obligado no solo fue omiso en emitir respuesta en el periodo señalado, si no que omitió realizar cualquier actuación en la atención a la solicitud de información que nos ocupa, por lo que no existe un pronunciamiento o actuación que pueda ser confirmada, modificada o revocada, en ese sentido, resulta incongruente revocar un pronunciamiento inexistente.
En consecuencia, considero que en el presente caso el sentido de la resolución debe ser “Ordena”, pues no existe un acto del sujeto obligado susceptible de revocarse, con fundamento en el artículo 91, fracción IV, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria en términos del artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
[1] https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Meten-en-cintura-a-los-cirujanos-plasticos-certificacion-profesional-sera-obligatoria-20230426-0079.html
[2] https://www.elheraldodechihuahua.com.mx/local/chihuahua/fallece-mujer-luego-de-tres-cirugias-esteticas-es-la-segunda-victima-del-bisturi-de-este-ano-12352122.html
[3] https://www.informador.mx/mexico/Estas-son-las-cirugias-que-mas-muertes-provocan-en-Mexico-20240508-0144.html
[4] https://animalpolitico.com/salud/cirugias-esteticas-cdmx-clinicas-suspendidas