Liconsa debe informar sobre contratos para producción de leche

RRA 303/23 vs LICONSA, S.A. de C.V. referente a cada uno de los convenios firmados con personas morales (empresas) para la instalación de fábricas de secado y/o plantas lecheras.

 

Solicitud

 

A través de la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona pidió a Liconsa copia de cada uno de los convenios firmados con personas morales (empresas) para la instalación de fábricas de secado y/o plantas lecheras, además de la copia de cada uno de los anexos de los convenios y la evidencia documental que hayan entregado las empresas para justificar que se cumplió con lo estipulado.

 

Respuesta

 

El sujeto obligado, Liconsa,  manifestó la existencia de tres convenios; además, indicó que proporcionaría copia en versión pública de la información referente a los convenios y anexos.

 

Recurso de revisión

 

La persona solicitante interpuso un recurso de revisión y manifestó la entrega de información incompleta como motivo de agravio, en virtud de que no proporcionó la copia de los convenios, ni de los anexos a los que el sujeto obligado hizo referencia.

 

Alegatos

 

El sujeto obligado realizó una nueva búsqueda en otras unidades administrativas, las cuales indicaron no contar con la información solicitada.

 

Análisis del caso

 

El análisis realizado por la Ponencia a mi cargo concluye que la solicitud fue atendida por las unidades administrativas competentes para conocer de lo solicitado, pues incluso la Subgerencia de Recepción de Maquila y Leche ya identificó los documentos de interés.

 

Asimismo, se considera que el sujeto obligado está en posibilidad de proporcionar los documentos solicitados, en virtud de que fue él mismo quien los localizó, sin embargo, omitió adjuntarlos a la respuesta.

 

Lo anterior, establecido en el artículo 70, fracción 27 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece que los sujetos obligados se encuentran condicionados a publicar y mantener actualizados los contratos y convenios; es decir, que la información a la que pretende tener acceso la persona solicitante es de carácter público per se.

 

Ahora bien, por lo que respecta a los anexos referidos en la respuesta, tanto a los que son derivados de los propios convenios, como a los documentos relacionados con dichos procesos a los que se hizo referencia en el oficio de respuesta como anexos 4, 5, 6 y 7; estos también deben ser entregados, en virtud de que el Criterio con Clave de Control SO/017/2017, emitido por el Pleno de este Instituto, que dispone que los anexos de un documento se consideran parte integral del mismo.

 

En ese orden de ideas, el sujeto obligado no sólo debe proporcionar los convenios de interés, sino que también debe entregar los anexos de éstos, máxime que ya se ha manifestado acerca de su existencia.

 

Propuesta de resolución

 

Por todo lo anterior, propongo a este Pleno MODIFICAR la respuesta de Liconsa, S.A de C.V. e instruirle a efecto de que proporcione acceso a los convenios firmados con personas morales para la instalación de fábricas de secado y/o plantas lecheras. Además, deberá proporcionar copia de cada uno de los anexos de dichos convenios y la evidencia documental en torno a los convenios a los que se hace referencia en el oficio de respuesta.

 

Mensaje

 

Elegí exponer públicamente este recurso de revisión porque debemos dar seguimiento a temas de interés de la sociedad. La semana pasada expuse un recurso relacionado con Segalmex, y hoy este asunto de contratos con Liconsa, uno de los programas centrales de SEGALMEX, organismo que, en apenas 4 años, ya enfrenta múltiples señalamientos por presuntos actos de corrupción, un fenómeno que estamos obligados a visibilizar en cuanto espacio sea posible, porque impacta de frente en la población, sobre todo en la más necesitada.

 

Aunque ha cambiado su denominación a lo largo de los años, Liconsa es la respuesta gubernamental para proporcionar a la población un alimento básico, la leche, especialmente a niñas y niños de 6 meses a 12 años de edad, mujeres en periodo de gestación o lactancia, adolescentes de entre 13 a 15 años, personas con algún tipo de discapacidad y adultos mayores, con el fin de mitigar los problemas nutricionales que aquejan a la población y que, en no pocas ocasiones, están ligados a la insuficiencia de alimentos y a su baja calidad.

 

El “Programa de Abasto Social de Leche”, a cargo de Liconsa, tiene el objetivo de resolver el problema de los insuficientes niveles de nutrición en los grupos de atención de la población que se encuentra por debajo de la línea de bienestar y proporcionarles alimentos con altos contenidos nutricionales para contribuir al desarrollo pleno de sus capacidades físicas e intelectuales.

 

Y precisamente porque hablamos de la población más vulnerable y de la garantía de gozar de una buena alimentación, necesitamos que funcione bien y de manera clara.

 

De ahí que todos los esfuerzos orientados a transparentar el funcionamiento y los alcances de este programa son bienvenidos, máxime cuando existe evidencia, gracias a los medios de comunicación, de presuntos actos de corrupción que no solo afectan la operación, sino el abasto de un alimento indispensable para más de 5 millones de beneficiarios en el país.

 

De acuerdo con información publicada por la organización “Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad”, en la tercera entrega de informes de la Fiscalización de la Cuenta Pública 2020, la Auditoría Superior de la Federación encontró múltiples irregularidades en SEGALMEX, de la que depende Liconsa, entre las que se encuentra un esquema de corrupción en la entrega de contratos multimillonarios para la comercialización de crema y leche en polvo.

 

Es necesario detenernos en el hecho de que transparentar los contratos es una de las obligaciones comunes de los sujetos obligados y, por lo tanto, deben estar disponibles con algunas excepciones previstas por la ley, sobre todo en lo que refiere a datos personales.

 

Cuando buscamos el término “contratos Liconsa” en la Plataforma Nacional de Transparencia, encontramos 11 mil 959 coincidencias, de las cuales 11 mil 602 son de información pública y 352 solicitudes de información. También, al utilizar el buscador temático de contratos, encontramos 9 mil 590 resultados relacionados con contratos con el sujeto obligado Liconsa. Como vemos los contratos son una de las obligaciones de transparencia más consultadas por la sociedad, por lo que el buscador temático de este tema es el segundo más utilizado por la sociedad.

 

¿Por qué es uno de los más consultados? Porque la adquisición de bienes y servicios es un eslabón que deja espacio a la opacidad si no existe información disponible.

 

Por tal motivo es importante que el sujeto obligado, Liconsa, entregue la información solicitada relativa a los convenios con personas morales para la instalación de fábricas de secado y/o plantas lecheras, así como los anexos correspondientes, ya que con ello proporcionaremos insumos necesarios para que la sociedad evalúe de manera objetiva si el combate a la corrupción que prometió la administración en turno es, o no, una realidad.

 

Debemos recordar que la transparencia es fundamental para cerrar el paso a la corrupción, al tiempo que permite a las autoridades demostrar que, en la adquisición de bienes y servicios, éstas buscan obtener los mayores beneficios para la población, atendiendo criterios de eficiencia, calidad, integridad y precio, tal y como lo mandata la Constitución.

 

Desde el INAI seguiremos haciendo un llamado a la ciudadanía, periodistas y organizaciones civiles para que sigan ejerciendo su derecho de acceso a la información consagrado en la Carta Magna, ya que es gracias a ellos que se han documentado y encontrado posibles actos de corrupción en las dependencias del Estado, fortaleciendo la lucha en el combate a las malas prácticas que han imperado en nuestra vida pública.