Solicitud:
Una persona solicitó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) el acceso en copia simple gratuita de su resolución o dictamen de pensión por viudez (No. 22/132804) de fecha 19 de septiembre de 2022, emitido por la Delegación Regional de Izúcar de Matamoros, Puebla.
Respuesta:
En respuesta, el IMSS, a través del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada en Puebla, señaló que posterior a una búsqueda de la información, el pago está siendo tramitado por la Mesa de Ayuda para Contratación de Seguro de Sobrevivencia y se encuentra en cálculo de rentas vitalicias con la aseguradora para efectos legales, por lo que la resolución definitiva no se podrá notificar hasta el término del trámite mencionado.
Agravio:
El solicitante se inconformó por la negativa de acceso a sus datos personales ya que el IMSS sí cuenta con dicha resolución de pensión por viudez con independencia de que no sea la definitiva.
Alegatos:
El sujeto obligado señaló que el trámite fue enviado a pago de aseguradora, por lo que es posible notificar la resolución de pensión al recurrente, misma que se le hará de conocimiento en la Subdelegación Izúcar de Matamoros, en Puebla.
Análisis:
Del análisis realizado por la Ponencia a mi cargo, se desprende que el sujeto obligado no se pronunció con el criterio adecuado pues señaló que el pago estaba siendo tramitado para la contratación del Seguro de Sobrevivencia. Mientras que el interés de la persona recurrente estaba en el acceso a la resolución, no así de la información de pago. Por esta razón, el agravio resulta FUNDADO.
Propuesta de resolución:
Propongo REVOCAR la respuesta del IMSS e instruirle a notificar a la persona recurrente sobre la disponibilidad de la resolución de pensión por viudez. Toda vez que a la fecha en que se resuelve el medio de impugnación, no se advierte notificación alguna realizada.
Mensaje:
El recurso que hoy pongo a la consideración de mis compañeras y compañeros de Pleno, en materia de protección de datos personales, es de gran relevancia porque la falta de notificación sobre un Dictamen de Pensión por Viudez a la persona recurrente le genera un espacio de incertidumbre que impacta la esfera más cercana de los involucrados. Por ello, se busca que a través de los derechos ARCOP (Rectificación, Cancelación, Oposición y Portabilidad), se haga efectivo su derecho a recibir dicho documento.
En relación a este tema, el Centro de Atención a la Sociedad del Instituto, mejor conocido como CAS, ha atendido cerca de 150 casos sobre pensiones de viudez en lo que va del año.
Si tomamos en cuenta que esta resolución se realizó en septiembre de 2022, veremos que la persona solicitante lleva más de un año sin recibir el documento en cuestión. Por eso no podemos permitir que un trámite burocrático sea el freno para el pleno ejercicio de sus derechos.
Si consideramos que la pandemia por Covid19 lastimosamente dejó en la viudez a cientos de miles de personas, podemos imaginar el impacto de defender este tipo de asuntos. Ante las condiciones adversas que siguen enfrentando las personas viudas en nuestro país, ellas requieren de la eficiencia gubernamental para acceder lo antes posible a documentos como el Dictamen de Pensión por Viudez.
La misma Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoce que la seguridad social es un concepto paraguas entre los que se incluyen derechos fundamentales prestacionales. Los seguros sociales por ende, son instrumentos diseñados para amparar a los cónyuges sobrevivientes y sus familias. Siendo un factor que incide directamente en otros derechos como el acceso a la educación o la salud.
Ahora bien, si tomamos en cuenta las condiciones de brecha salarial que existen en nuestro país debido al género, entenderemos por qué debemos dar particular atención a casos donde mujeres entran en esta condición de viudez. Las oportunidades de empleo bien remunerado son menos por el simple hecho de ser mujeres aunado a las responsabilidades que asumen como jefas de familia .
Esta prestación social incluso ha sido materia de resoluciones con una nueva perspectiva adaptada al contexto actual. Pues la Suprema Corte ha deliberado a favor de las parejas en unión libre, siendo que la concubina o el concubino puede recibir esta prestación. Incluso, la misma Corte ha abierto camino para que hombres viudos puedan recibir este pago ya que anteriormente la posibilidad de recibir pensión debía ser peleada vía amparo y sólo demostrando que estaban incapacitados para laborar.
Lo he mencionado en múltiples ocasiones, y lo reitero el día de hoy dándole exposición a este caso. El derecho a saber y la protección de datos tienen el potencial de impactar positivamente en nuestras vidas, e incluso dar soluciones a problemas que nos afectan directamente.
Es cuanto.