RecursosRRA 11418 vs Petróleos Mexicanos

septiembre 18, 2024

Solicitud:

A través de la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona solicitó a Petróleos Mexicanos (PEMEX) la siguiente información:

  1. Las tomas clandestinas y perforaciones para la extracción (ilegal) de hidrocarburos por tipo (gasolinas, diésel, turbosina, combustóleo, gas licuado de petróleo, entre otros).
  2. El número de personas detenidas y de fallecimientos —resultado de enfrentamientos— de probables sospechosos
  3. Los centros de almacenamiento clandestino de hidrocarburos

  4. El decomiso de transporte con carga ilegal de hidrocarburos (tipo de hidrocarburo, cantidad en litros, el tipo de vehículo y la ubicación donde se realizó el decomiso o detención).

Asimismo, se pidió señalar en todos los puntos anteriores la ubicación por estado, municipio, localidad. También se pidió ordenar toda la información por fecha, en tablas, desde el año que tenga registro PEMEX.

Respuesta:

En respuesta, PEMEX informó que turnó la solicitud a dos de sus áreas, mismas que precisaron lo siguiente:

  • Número de denuncias presentadas de 2006 a 2024
  • Número de personas detenidas por delito de extracción ilegal de combustible en cualquier modalidad
  • Número de tomas clandestinas del año 2000 a la fecha
  • Además, alegó incompetencia parcial de los puntos 2, 3 y 4 de la solicitud

Recurso de revisión:

La persona solicitante, ahora recurrente, interpuso un recurso de revisión ante el INAI, señalando como agravios: la clasificación de la información, la declaración de incompetencia, la entrega de información incompleta y la entrega de información en un formato distinto al solicitado.

Alegatos:

En alegatos, PEMEX reiteró su respuesta inicial y defendió la legalidad de su actuar.

Análisis del caso:

Del análisis realizado por mi Ponencia, en particular por la abogada María Guadalupe Beltrán, se advirtió que el agravio de la persona recurrente es PARCIALMENTE FUNDADO.

  1. La clasificación de información referente a la localidad de las tomas clandestinas es procedente (únicamente por la fracción I del artículo 110 de la Ley Federal de Transparencia)

Sin embargo:

  1. Distintas Secretarías de Estado han emitido comunicados de prensa relacionados con desmantelamientos de centros de almacenamiento clandestino de hidrocarburos, de lo que se desprende que PEMEX sí tiene competencia para conocer de lo requerido por el recurrente en el inciso 3.

  2. En los alegatos de la Subdirección de Salvaguardia Estratégica se desprende que posee la información en formato Excel, que es el requerido en la petición, por lo que hubo un cambio injustificado de formato al entregarla.

Propuesta de resolución:

Por todo lo anterior, se propone MODIFICAR la respuesta de PEMEX e instruirle a que:

  • Entregue a la persona recurrente la información ESTADÍSTICA (formato abierto editable) sobre tomas clandestinas para extracción ilegal de combustible, en formato excel
  • Asuma competencia respecto de la información solicitada en el inciso 3, es decir informe sobre:
    • Capacidad de almacenamiento por centro clandestino;
    • Cantidad (en litros y por hidrocarburo) hallada en dichos centros de almacenamiento clandestino de combustible.

El decomiso de transporte con carga ilegal de hidrocarburos

Mensaje:

Decidí exponer este proyecto en el Pleno del INAI porque demuestra la importancia de que un Instituto especializado tutele —con autonomía y criterios técnicos— el derecho de acceso a la información, así como el derecho a la protección de los datos personales.

 

En este caso, como en muchos otros que resolvemos en este Instituto, estamos tratando con información sumamente sensible cuya transparencia puede contribuir en algún reportaje periodístico o en alguna investigación académica, pero también puede poner en riesgo al propio Estado mexicano. Por ello es que el INAI no se conduce por filias ni fobias ni bajo lógicas partidistas y este recurso es el ejemplo, pues se está de acuerdo en que se reserve parte de la información de la solicitud, en específico la localidad de las tomas clandestinas, pero que todo lo demás sea entregado, sobre todo considerando que se trata de información estadística.

 

Yo siempre lo he dicho: no se trata de abrir por abrir información, sino que debe seguirse el proceso que marca la ley, con la realización de la prueba de daño por parte de las autoridades. La “moda” de clasificar información debe acabarse y solo utilizarse cuando en verdad se amerite, de lo contrario se da paso a la opacidad, que es el caldo de cultivo de la corrupción. Para eso está el INAI, una autoridad independiente del Poder Ejecutivo Federal que sirve como árbitro para determinar cuándo sí y cuándo no debe prevalecer la difusión de la información.

 

Lo anterior no quita que PEMEX no entregó toda la información que sí puede obrar en sus archivos, y que la ciudadanía tiene derecho a conocer. El ya conocido como “huachicoleo” representa una crisis a nivel nacional. Estadísticas del propio PEMEX revelan que en el 2023 se registraron 14 mil 890 tomas clandestinas en el país, es decir, más de 40 casos de huachicol por día, un incremento de 7.6% respecto al 2022 y de 36.2% respecto a 2021, esto de acuerdo con datos de El Economista[1].

 

Según un análisis hecho por este mismo medio de comunicación, de diciembre de 2018 a diciembre de 2023 incrementó un 49% las tomas clandestinas en el país en comparación con todo el sexenio 2012-2018, y el problema está focalizado en cinco estados: Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Veracruz y Puebla.

 

En esta tribuna he posicionado anteriormente este tema. En febrero de 2023, presenté un proyecto en contra de la SEDENA para que entregara información sobre los operativos realizados en contra del huachicol[2]. Como lo expresé en su momento, este delito revela no solo daños financieros al erario, sino que se da en regiones afectadas por la violencia.

 

El huachicol es posible porque organizaciones criminales tienden a establecer procesos de negociación con pobladores de comunidades, principalmente rurales, a cambio de remuneración económica. El derecho de acceso a la información puede contribuir a que conozcamos las dinámicas de este delito para que juntos, instituciones y sociedad, podamos combatirlo de mejor forma.

 

 

[1] https://www.eleconomista.com.mx/politica/Con-AMLO-sube-49-picaduras-a-ductos-de-Pemex-20240212-0145.html

[2] https://www.eleconomista.com.mx/politica/Piden-a-la-Sedena-informacion-sobre-los-operativos-en-contra-del-huachicol-20230201-0008.html

https://julietadelrio.org.mx/wp-content/uploads/2024/01/LogoJDR_Blanco-150-e1704742937784.png
Av. Insurgentes Sur 3211, Insurgentes Cuicuilco, Coyoacán, 04530 Ciudad de México, CDMX
800 643 4300
contacto@julietadelrio.org.mx

Sígueme en: