RecursosRRA 10106/24 vs Tribunal Superior Agrario

agosto 21, 2024

Solicitud:

A través de la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona solicitó al Tribunal Superior Agrario las observaciones del Órgano Interno de Control a las Actas de Entrega-Recepción de servidores públicos presentadas en los meses de marzo y abril del año en curso.

Respuesta:

En atención a ello, el OIC del sujeto obligado informó que:

  • en los meses de marzo y abril de 2024 se formalizaron 26 Actas Administrativas de Entrega-Recepción Individual a través del Sistema de Entrega-Recepción y Rendición de Cuentas (SERC) de la Secretaría de la Función Pública;
  • que se emitieron comentarios del OIC en 10 Actas Administrativas; sin embargo, no es posible obtener evidencia de los mismos porque en el Sistema no quedan registrados comentarios ni información adicional que haya sido modificada durante el proceso;
  • que en cuatro Actas, los “comentarios” también fueron remitidos por correo electrónico institucional. Por tal motivo, en su respuesta el OIC adjuntó los documentos en los que se hicieron dichos “comentarios” a ciertas Actas;
  • que estas actas y los informes referidos contienen datos personales clasificados como confidenciales (como lo es domicilio particular y número identificador de credencial para votar).

Recurso de revisión:

La persona, ahora recurrente, interpuso un recurso de revisión ante el INAI.

Consideró que la respuesta del Tribunal Superior Agrario fue incompleta al no proporcionar las observaciones solicitadas, solo nombres de archivos electrónicos.

Desde la perspectiva del recurrente, la información debe estar resguardada por el OIC del Tribunal dado que esa área la elaboró.

Alegatos:

En alegatos, el Tribunal Superior Agrario reiteró su respuesta inicial, adjuntando tres Actas de Entrega-Recepción y tres Informes de Separación Individual.

Análisis del caso:

Del análisis realizado por mi Ponencia, en particular por el abogado Román Martínez, se advirtió que el agravio de la persona recurrente es FUNDADO.

El sujeto obligado sí consultó a la unidad administrativa competente, en este caso el OIC del Tribunal. A su vez, este OIC sí identificó los documentos con los que cuenta y atienden a lo requerido; sin embargo, no proporcionó dicha expresión documental.

Propuesta de resolución:

Por todo lo anterior, se propone MODIFICAR la respuesta del Tribunal Superior Agrario e instruirle a que entregue las expresiones documentales que atienden a la materia de la solicitud.

Mensaje:

Decidí exponer este proyecto en el Pleno del INAI porque las autoridades deben otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones.

 

Este recurso se enmarca en un contexto más amplio. Hace poco más de dos meses, en nuestro país se renovaron 20 mil 708 cargos públicos a nivel federal, estatal y municipal, entre ellos, la Presidencia de la República. Derivado de este suceso democrático que vivió México, nueve entidades federativas y sus municipios, así como el Gobierno Federal, comenzaron la etapa de transición.

 

Los procesos de entrega-recepción forman parte de un mecanismo de rendición de cuentas. Con este proceso se transfieren bienes muebles e inmuebles, recursos materiales, financieros y humanos, todo ello sustentado en archivos electrónicos y aún en papel. Lo anterior es fundamental e indispensable para garantizar no solo una transición ordenada que mantenga la eficiencia y eficacia de los servicios públicos, sino también la transparencia de la vida pública.

 

El interés de la sociedad es tal que, al realizar una búsqueda dentro de la PNT bajo la categoría “entrega-recepción”, se pueden encontrar: 44 mil 684 solicitudes de información que han sido ingresadas por la ciudadanía; 395 recursos de revisión (quejas de respuestas) ante negativas de información; y 646 mil 612 registros de información pública relacionados con la carga de las obligaciones en materia de transparencia que realizan los sujetos obligados de todo el país.

Esto refleja que, actualmente, cada vez son más las personas pendientes de cómo transcurren estos procesos de entrega-recepción. Además, su utilidad va más allá, servirá para compulsar que lo entregado corresponda con lo informado en el trimestre correspondiente y conocer información sobre el estado que guarda una administración.

Como Comisionada del INAI, y como integrante de la Comisión de Rendición de Cuentas y Combate a la Corrupción del Sistema Nacional de Transparencia, impulsé una reforma para que la entrega-recepción sea parte de las obligaciones de transparencia y así todas las actas puedan ser consultadas por la sociedad en todo momento. Para lograrlo se debe reformar la ley de transparencia, tarea que no es sencilla pero que valdrá la pena si queremos transparencia total en la administración pública.

La fiscalización y rendición de cuentas son fundamentales en el ejercicio gubernamental. Por ello, se debe trabajar en todo momento con profesionalismo y con apego a los métodos diseñados para la fiscalización y revisión de los recursos públicos.

No olvidemos que los políticos no son el centro de la ecuación, es la sociedad. El combate a la corrupción empieza cuando la sociedad demanda transparencia y rendición de cuentas; la entrega-recepción es un paso para ello.

Además, este recurso que expongo ante el Pleno nos recuerda las funciones de un Órgano Interno de Control. Un OIC se encarga, entre otras cosas: de sustanciar procedimientos de responsabilidad administrativa; de recibir y dar trámite a las denuncia que se formulen en contra de personas servidoras públicas; además de intervenir en el proceso de entrega-recepción con motivo de la separación del cargo de las personas servidoras públicas (a partir de cierto nivel jerárquico).

Un OIC debe transparentar sus acciones y conducirse apegado a derecho. Como lo manifestado públicamente en los últimos meses, mi persona, y las direcciones que coordino en el INAI, hemos sido víctimas de persecución política y acoso por parte del OIC de este Instituto. Por eso reitero mi llamado a que, si existen irregularidades, vayamos directo a la Auditoría Superior de la Federación. Es cuánto.

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