RecursosRRD 2825/23 vs IMSS sobre historial laboral

enero 31, 2024

Solicitud:

A través de la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona realizó una solicitud de acceso a datos personales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para solicitar una copia certificada en la que aparezcan los siguientes datos:

  • los patrones que tuvo durante su vida laboral; 
  • la fecha de alta y baja;
  • el salario base de cotización y movimientos salariales;
  • el total de semanas cotizadas con cada patrón;
  • el domicilio laboral; y
  • el registro patronal

 

Esto, desde 1979 a 1980 y de 1982 a 1984. Sumando que el solicitante proporcionó los nombres de las empresas y los periodos en que trabajó en ella

 

Respuesta:

El IMSS puso a disposición de la persona recurrente la respuesta brindada por el Órgano de Operación Administrativa Desconcentrado del Sur de la Ciudad de México, previa acreditación de la titularidad de los datos personales.

Recurso de revisión:

La persona manifestó su inconformidad con la inexistencia de sus datos personales, ya que el IMSS señaló que no encontró información alguna sobre semanas cotizadas en el periodo referido (1979 a 1980 y de 1982 a 1984). El hoy recurrente argumentó que laboró y cotizó desde el año de 1979 hasta el año de 1985 aproximadamente, por lo que el responsable debe contar con la información solicitada. 

Alegatos:

El IMSS, entonces, amplió la búsqueda de los datos personales y comunicó que no fue posible localizar movimientos afiliatorios (fechas de alta, fechas de baja, modificaciones salariales y salario base de cotización). Por lo tanto, no fue posible localizar semanas cotizadas en las empresas: “Tapón Corona” de 1979 a 1980, “Mexhogar” de 1982 a 1983 o con cualquier otra empresa del año 1983 a 1984. 

Por lo cual la información fue declarada como inexistente con fundamento en los artículos 53, segundo párrafo y 84, fracción III, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. 

Análisis del caso:

Derivado del análisis del caso en mi Ponencia, hecho por la abogada proyectista Karen Nayelli Muñiz Rebolledo, se determinó que la búsqueda del sujeto obligado no fue exhaustiva pues no se tiene constancia de esta en el Sistema TC11 (una herramienta útil para identificar a los derechohabientes a través su CURP), en el Archivo Histórico de la Ciudad de México, ni en la Dirección de Incorporación y Recaudación. 

Adicionalmente no se cumplió el criterio de búsqueda amplia, exhaustiva y congruente, pues esta se acotó sólo a las empresas que citó en la solicitud. Por tanto, el agravio resultó FUNDADO.

Propuesta de resolución:

REVOCAR a efecto de que realice una nueva búsqueda de los datos personales en todas las unidades administrativas utilizando un criterio amplio, exhaustivo y congruente. 

Mensaje:

El recurso de revisión en materia de datos personales que hoy elegí para presentar en este Pleno es un ejemplo de tantos que recibimos en el INAI de trabajadores y extrabajadores que necesitan información sobre su historial laboral, semanas cotizadas o bien información sobre sus pensiones. Si bien, la mayoría de los casos se enmarcan durante su proceso previo a la jubilación donde se dan cuenta de que les hace falta algunos datos, debemos tener claro que es un derecho acceder a este historial y podemos ejercerlo en cualquier momento que queramos.

 

No hablamos por hablar cuando defendemos la utilidad del derecho de acceso a la información y de la protección de datos personales. Que con nuestra labor una persona reciba una respuesta satisfactoria sobre su información personal, para poder acceder a otros derechos, es uno de los principales objetivos de nuestro Instituto.

 

En el INAI, de 2023 y lo que llevamos de 2024, el ISSSTE cuenta con mil 164 solicitudes relacionadas con pensiones y semanas cotizadas, mientras que el IMSS acumula 11 mil 168. En el caso de los recursos de revisión, en el mismo periodo tenemos 60 para el ISSSTE y 221 para el IMSS. 

 

Además, a través del Centro de Atención a la Sociedad, se dan asesorías para acceder a datos personales relacionados con estos temas. Desde 2023 a la fecha se han otorgado 1700 asesorías sobre semanas cotizadas, 1804 sobre resoluciones de pensiones y 5659 sobre historial laboral. 

 

Hay mucha gente que se ha jubilado y accedido a una pensión justa gracias a que ejercieron su derecho de acceso a datos personales, esa es la utilidad social del Instituto, de cómo el INAI aporta a que las mexicanas y mexicanos ejerzan este derecho a un retiro justo por los años que laboraron.

 

Esto también nos permite recordar la importancia del derecho a la protección de datos personales. Como hemos conocido por los medios de comunicación y las redes sociales, el INAI está atento a las vulneraciones que ocurran. Tal fue el caso de los datos sobre periodistas que se acreditan para asistir a las conferencias matutinas del titular del ejecutivo federal.

 

En los eventos por la conmemoración del Día Internacional de la Protección de Datos Personales el pasado 28 de enero lo dije claramente y lo vuelvo a compartir: el INAI es la institución facultada para investigar las vulneraciones de datos personales. Y para ello es fundamental que las personas afectadas (ya sean periodistas, ciudadanos, niñas, niños o servidores públicos) hagan su denuncia ante nosotros. 

 

El comercio ilegal de datos personales existe y debemos erradicarlo. Apostamos por la educación cívica y la información sobre los riesgos de su mal uso. Pero cuando hay que actuar, así como en estos tiempos, dejaremos claro que el INAI sirve al país, sirve a los ciudadanos y sería un error imperdonable su eliminación.

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