Bienestar debe informar sobre recursos ejercidos en programas sociales

Solicitud:

A través de la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona solicitó a la Secretaría de Bienestar: 

  • Conocer los capítulos y el objeto del gasto de las partidas presupuestales a las cuales fueron traspasados para su ejercicio 47 millones 764 mil 853 pesos para la Dirección General para el Bienestar de las Niñas, Niños y Adolescentes. Lo anterior con base en la Cuenta Pública y al Manual de Programación y Presupuesto 2022, referente a la identificación de gastos indirectos de programas de subsidios.

Respuesta:

En respuesta, el sujeto obligado, a través de su Dirección General de Programación y Presupuesto, informó:

  • que no cuenta con la información a detalle como se requiere;
  • que son otras las unidades responsables obligadas a rendir cuentas sobre los recursos de los programas a su cargo.

Recurso de revisión:

La persona recurrente se agravió por la entrega de información que no corresponde con lo solicitado. 

Alegatos:

En alegatos, el sujeto obligado amplió la búsqueda de información a la Subsecretaría de Bienestar, misma que, a través de la Dirección General para la Validación de Beneficiarios, afirmó estar imposibilitada para brindar la información solicitada, toda vez que los asuntos relacionados con los sistemas hacendarios y el Manual de Programación y Presupuesto no forman parte de sus atribuciones conferidas.

Por su parte, la Dirección General de Programación y Presupuesto reiteró su respuesta inicial, es decir, que la instancia ejecutora del gasto o responsable del programa en cuestión es la encargada de determinar los capítulos, conceptos y partidas que va a emplear para la erogación de recursos.

Análisis del caso:

Después de haber realizado el análisis correspondiente, la Ponencia a mi cargo determinó que el agravio de la persona recurrente es FUNDADO por las siguientes razones:

  • La propia unidad que atendió la solicitud, es decir la Dirección General de Programación y Presupuesto, señaló que hay otras áreas dentro del mismo sujeto obligado que pudieran contar con la información, sin embargo, no hubo mayor respuesta, por lo que se incumplió con el procedimiento de búsqueda, pues se omitió turnar la solicitud a todas las áreas competentes en la materia.

  • La Secretaría de Bienestar no dio atención a lo solicitado, es decir, no informó los capítulos y el objeto del gasto de las partidas a las cuales fueron traspasados los recursos para la Dirección General para el Bienestar de las Niñas, Niños y Adolescentes.

  • Además, el Manual de Programación y Presupuesto 2022 impone la obligación al sujeto obligado del traspaso solicitado, por lo que se presume que la información debe existir en los archivos de la Secretaría de Bienestar.

Propuesta de resolución:

Por estas razones, propongo MODIFICAR la respuesta de la Secretaría de Bienestar e instruirle a efecto de que realice una nueva búsqueda en todas las unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a la Subsecretaría de Bienestar; la Unidad para la Atención de Grupos Prioritarios; la Dirección General para el Bienestar de las Niñas, Niños y Adolescentes; y la Dirección General de Seguimiento y Evaluación.

Mensaje:

Decidí separar este recurso pues es un ejemplo de la utilidad e importancia del derecho de acceso a la información, en específico en su vertiente de transparencia y rendición de cuentas

El sujeto obligado en cuestión, la Secretaría del Bienestar, es una de las dependencias que más presupuesto recibe en la actualidad y cuyos recursos han aumentado significativamente en los últimos años. Como dato: el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2024 proyecta cerca de 594 mil millones de pesos para esta Secretaría, un alza de 289% respecto a lo que recibió en 2018 y 25.2% respecto al 2023.

De acuerdo con un estudio del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), de aprobarse el Presupuesto en la Cámara de Diputados, esta Secretaría sería la que más recursos tendría a su cargo el próximo año. Por estas razones, es fundamental el recurso de revisión que presento hoy ante el Pleno, pues toda comprobación hecha por la dependencia de compras, pagos y erogaciones autorizadas en capítulos, conceptos y partidas debe ser transparentada, sin excepciones.

Asimismo, de los programas sociales administrados por dicha Secretaría, el que mayor presupuesto recibirá para 2024 será la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores (poco más de 465 mil millones de pesos), seguido del Programa Sembrando Vida (38 mdp) y la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente (27 mdp). 

No obstante, el Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras contempla más de 3 mil millones de pesos (3 mil 67 millones para ser exactos). Este programa depende de la Dirección General para el Bienestar de las Niñas, Niños y Adolescentes, dirección a la que refiere explícitamente la persona recurrente en su solicitud de información. 

De igual manera, este programa social también contempla apoyos a niñas, niños y adolescentes en orfandad materna, y busca que, mediante la entrega de apoyos económicos, existan mejores condiciones de acceso a cuidados y educación para menores de edad que viven situaciones de vulnerabilidad por la ausencia de uno o de ambos padres.

Hoy precisamente que es Día Internacional de la Niña, nos permite recordar la importancia de que los programas sociales se implementen con total transparencia. Como lo señala la UNESCO, “demasiadas niñas siguen sin poder ejercer su derecho a la educación: la pobreza, el matrimonio infantil, el embarazo precoz y el trabajo infantil o doméstico las frenan. 122 millones de niñas en el mundo siguen sin poder acceder a educación. Naciones Unidas también señala que existe una amplia brecha digital: Alrededor del 90% de las adolescentes y mujeres jóvenes no utiliza Internet en los países con un gasto per capita inferior al promedio mundial, mientras que sus compañeros varones tienen el doble de probabilidades de acceder a Internet.

Recordemos que, desde 2020, los programas sociales son derechos consignados en el artículo 4º de la Constitución. En este sentido, en política social, el eje de la actual administración ha sido la entrega de beneficios sin intermediarios; si se desea cumplir a cabalidad esta promesa, la transparencia debe acompañar todos los procesos, de otra forma se da cabida a la opacidad e incluso a posibles actos de corrupción en la entrega de dichos programas.

Estos programas sociales –y otros más– a cargo de la Secretaría del Bienestar se regulan por las Reglas de Operación y/o por los Lineamientos de Operación, que son disposiciones a las cuales se sujetan determinados programas y fondos federales para proporcionar transparencia y asegurar la correcta aplicación de los recursos públicos asignados. 

De hecho, el Manual de Programación y Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2022, elaborado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), impone obligaciones para realizar el traspaso de recursos, de partidas de subsidios a capítulos de gasto distintos, manteniendo en todo momento los dígitos de tipo de gasto que corresponde para evitar confusiones. Esta es la información que el sujeto obligado no está transparentando a la sociedad.

La semana pasada, en una conferencia durante la Semana Nacional de Transparencia, el ex consejero del Instituto Federal Electoral (IFE), Luis Carlos Ugalde, explicó cómo en México la rendición de cuentas aún es muy endeble y todas y todos debemos reforzar esfuerzos en ello. 

Él argumentó que la democracia es un método para controlar el abuso de poder, y una condición necesaria para ello es que la ciudadanía cuente con información verificable y de calidad que permita exigir cuentas sobre el actuar de las autoridades, como lo es este caso en específico.

El desafío es hacer que la transparencia se traduzca en mayor rendición de cuentas, lo cual implica que las instituciones del Estado colaboren al respecto. Los organismos garantes de transparencia podemos hacer nuestro trabajo, pero este debe complementarse con trabajo de las instancias de sanción, fiscalización y judicialización correspondientes. 

Los sujetos obligados son parte de esta cadena, que conectada de manera correcta permitirá fortalecer a la democracia y al Estado de derecho, impactando positivamente en la calidad de vida de las y los mexicanos

Es cuanto.

 

 

 

 1º “De aprobarse el PPEF en la Cámara de Diputados, el presupuesto para la Secretaría de Bienestar alcanzaría un nuevo máximo histórico en 2024, al ascender a 543 mil 920 millones de pesos. En relación con el presupuesto de 2023, este cambio implica un crecimiento de su presupuesto de 109 mil 398 millones de pesos, equivalente a 25.2% real. Esta Secretaría es la que más recursos tendría a su cargo, con 6% del total del gasto neto en el PPEF 2024.” (IMCO, 2023)

https://imco.org.mx/recursos-para-programas-sociales/

https://elceo.com/politica/secretaria-del-bienestar-prioridad-para-amlo-tendria-un-presupuesto-de-543933-mdp-para-2024/

https://www.gob.mx/bienestar/acciones-y-programas/programa-para-el-bienestar-de-las-ninas-y-ninos-hijos-de-madres-trabajadoras